Chalecos de Seguridad en el Trabajo
Análisis profesional sobre los criterios normativos, técnicos y preventivos para la correcta selección, uso y mantenimiento de chalecos de alta visibilidad conforme a la legislación peruana e internacional, con aplicación en los sectores minería, construcción, industria, transporte, comercio y banca
En la compleja matriz de la prevención de riesgos laborales, la visibilidad del trabajador constituye un factor crítico que, a menudo, determina la diferencia entre un incidente y un accidente con consecuencias fatales. Los chalecos de seguridad —también denominados chalecos de alta visibilidad o chalecos reflectivos— son equipos de protección personal diseñados para hacer perceptible la presencia del usuario en condiciones de iluminación adversa, tanto a la luz del día como en la oscuridad, cuando es iluminado por los faros de un vehículo. Su uso no es una opción estética ni una concesión discrecional del empleador: constituye una obligación legal que emana de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y de su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2012-TR, que en su artículo 97 exige la selección y provisión de equipos de protección personal adecuados a los riesgos específicos de cada puesto de trabajo. En sectores como la minería en Arequipa, la construcción en Lima, la industria, el transporte, el comercio y la banca, donde los trabajadores comparten el espacio con vehículos, maquinaria pesada y equipos en movimiento, el chaleco de seguridad es la primera barrera de protección contra atropellos, colisiones y golpes. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) fiscaliza el cumplimiento de estas obligaciones y puede imponer sanciones de hasta 45 UIT a las empresas que las incumplan.
Este artículo ofrece una revisión profesional y exhaustiva de los chalecos de seguridad, abordando el marco normativo peruano e internacional, los criterios de clasificación según las normas ANSI/ISEA 107 e ISO 20471, el significado de los colores, los requisitos de las cintas reflectivas, los criterios de selección según el sector y el entorno de trabajo, y las prácticas de uso y mantenimiento, con aplicación en los sectores minería, construcción, industria, transporte, comercio y banca en regiones como Arequipa y Lima y a nivel nacional.
1. Definición y Marco Conceptual de los Chalecos de Seguridad
Un chaleco de seguridad es un equipo de protección personal que utiliza una combinación de materiales fluorescentes —para la visibilidad diurna— y cintas retrorreflectivas —para la visibilidad nocturna— con el fin de señalizar visualmente la presencia del trabajador en situaciones de riesgo. Su función principal no es proteger contra un impacto directo —como haría un casco o un arnés—, sino prevenir el accidente haciendo que el trabajador sea detectado con la suficiente antelación por los conductores de vehículos, los operadores de maquinaria o cualquier persona que se desplace por el área de trabajo.
La eficacia del chaleco de seguridad se basa en dos principios físicos complementarios. Durante el día, el material fluorescente absorbe la radiación ultravioleta invisible del sol y la reemite en forma de luz visible, creando la percepción de un color intensamente brillante que destaca sobre cualquier fondo natural. Durante la noche o en condiciones de baja luminosidad, las cintas retrorreflectivas devuelven la luz de los faros de un vehículo directamente hacia su origen, creando un fuerte contraste que permite al conductor identificar la presencia del trabajador a distancias de hasta 200 metros.
2. Marco Normativo de los Chalecos de Seguridad
2.1. La Ley N° 29783 y el Decreto Supremo N° 005-2012-TR
La Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece en su artículo 60 la obligación del empleador de proporcionar equipos de protección personal adecuados según el tipo de trabajo y los riesgos específicos presentes en cada puesto, y de verificar su uso efectivo. El Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley N° 29783, desarrolla en su artículo 97 la obligación de seleccionar los equipos de protección personal considerando la naturaleza del riesgo, las condiciones del ambiente de trabajo y las características del trabajador. En el ámbito del sector construcción, el anexo de fiscalización de SUNAFIL establece de manera expresa que los trabajadores deben contar con chaleco con cintas de material reflectivo para labores o trabajos expuestos a riesgos existentes a causa de la circulación de vehículos u operación de equipos y maquinarias, en concordancia con el ítem 13.1 de la Norma Técnica de Edificación G.050[reference:0].
2.2. Normativa Sectorial Aplicable
- Sector Minería: El Decreto Supremo N° 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, y sus modificatorias D.S. N° 023-2017-EM y D.S. N° 034-2023-EM, exigen que los titulares mineros proporcionen chalecos de alta visibilidad a los trabajadores expuestos a riesgos de atropello por maquinaria pesada, volquetes y equipos de acarreo. En regiones como Arequipa, Moquegua y Áncash, el cumplimiento de estas disposiciones es fiscalizado tanto por OSINERGMIN como por SUNAFIL.
- Sector Construcción: El Decreto Supremo N° 011-2019-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción, y la Norma Técnica de Edificación G.050, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA, exigen que los trabajadores cuenten con chalecos con cintas reflectivas, y que su uso sea obligatorio en todas las áreas de la obra donde exista circulación de vehículos o maquinaria.
- Sectores Transporte, Industria, Comercio y Banca: Para estos sectores rige la normativa general —Ley N° 29783, D.S. N° 005-2012-TR y la Norma G.050—, complementada por las disposiciones sobre equipos de protección personal y por las normas técnicas de carácter internacional adoptadas como referencia.
2.3. Normas Técnicas Internacionales de Referencia
- ANSI/ISEA 107-2015: Norma estadounidense que establece los requisitos de diseño, rendimiento y etiquetado para la ropa de alta visibilidad. Clasifica las prendas en tres clases (1, 2 y 3) en función de la superficie mínima de material fluorescente y reflectivo, y en tres tipos (O, R y P) según el entorno de uso: Off-Road (fuera de carretera), Roadway (carretera) y Public Safety (seguridad pública). La actualización de 2015 introdujo la categorización por tipo y nuevos requisitos de etiquetado, incluyendo la indicación de resistencia al fuego (FR) cuando corresponda[reference:1].
- ISO 20471:2013 + A1:2016: Norma internacional que especifica los requisitos para la ropa de protección capaz de señalizar visualmente la presencia del usuario, destinada a hacerlo visible en situaciones de riesgo con cualquier tipo de luz diurna y cuando es iluminado en la oscuridad por los faros de un automóvil. Define tres clases de visibilidad en función de las áreas mínimas de material fluorescente y retrorreflectante. La Clase 3 es la de mayor superficie visible y la Clase 1 la de menor. La norma también establece los métodos de ensayo para verificar la solidez del color, la resistencia a la tracción y la durabilidad de las cintas reflectivas[reference:2].
- ISO 13688:2013 + A1:2021: Norma internacional que especifica los requisitos generales de ergonomía, inocuidad, duración, envejecimiento, designación de tallas y marcado de la ropa de protección. Complementa a la ISO 20471 estableciendo los requisitos de confort y funcionalidad que deben cumplir todas las prendas de protección personal, incluyendo los chalecos de seguridad[reference:3].
3. Clasificación de los Chalecos de Seguridad según la Norma ANSI/ISEA 107
La ANSI/ISEA 107-2015 clasifica las prendas de alta visibilidad en tres clases y tres tipos, en función de la superficie mínima de material fluorescente y reflectivo, y del entorno de uso previsto. Esta clasificación es la más utilizada internacionalmente y constituye la referencia técnica para la selección del chaleco adecuado en el Perú.
3.1. Clasificación por Clases (Superficie Visible)
- Clase 1: Es el nivel de protección más bajo. Está diseñada para entornos de trabajo donde los riesgos de tráfico son mínimos —velocidades inferiores a 40 km/h— y donde el trabajador puede dedicar toda su atención al tráfico. La superficie de material fluorescente y reflectivo es la menor de las tres clases, con solo unas pocas tiras reflectantes en la parte delantera y trasera. Es adecuada para personal de clasificación de almacenes, administradores de estacionamientos, personal de seguridad en centros comerciales y áreas residenciales, y conductores de reparto de corta distancia[reference:4].
- Clase 2: Es el nivel de protección intermedio y el más utilizado en el ámbito laboral. Está diseñada para entornos donde la velocidad del tráfico no supera los 80 km/h y donde el trabajador requiere una visibilidad significativamente mayor que la proporcionada por la Clase 1. La superficie de material fluorescente y reflectivo es mayor, e incluye bandas reflectivas horizontales y verticales que permiten una identificación más completa de la silueta humana. Es la clase recomendada para trabajadores de la construcción, de la minería a cielo abierto, del transporte y de la industria en general[reference:5].
- Clase 3: Es el nivel de protección más alto. Está diseñada para entornos de trabajo con tráfico de alta velocidad (superior a 80 km/h) o condiciones de visibilidad extremadamente adversas —lluvia intensa, niebla, nieve, humo—. La superficie de material fluorescente y reflectivo es la máxima, y las bandas reflectivas cubren el torso, los brazos y las piernas, garantizando una visibilidad de 360 grados alrededor del trabajador. Incluye chalecos de cuerpo completo o combinaciones de chaqueta y pantalón de alta visibilidad. Es la clase exigida para trabajadores de carreteras, autopistas, aeropuertos y servicios de emergencia[reference:6].
3.2. Clasificación por Tipos (Entorno de Uso)
- Tipo O (Off-Road - Fuera de Carretera): Diseñado para trabajadores que realizan sus labores fuera de las vías de circulación de vehículos. El material fluorescente es el componente principal de la visibilidad, ya que los trabajadores no están expuestos a los faros de los automóviles durante la noche. Es adecuado para operarios de almacenes, trabajadores de patios de maniobras y personal de mantenimiento en áreas interiores o semiabiertas.
- Tipo R (Roadway - Carretera): Diseñado para trabajadores que realizan sus labores en vías de circulación o en sus inmediaciones, donde están expuestos al tráfico de vehículos. Combina material fluorescente y cintas retrorreflectivas para garantizar la visibilidad tanto de día como de noche. Es el tipo más común en los sectores construcción y transporte.
- Tipo P (Public Safety - Seguridad Pública): Diseñado para el personal de servicios de emergencia —bomberos, policías, personal de rescate—. Además de los requisitos de visibilidad de la Clase 2 o 3, puede incluir especificaciones adicionales de resistencia al fuego, resistencia química o identificación corporativa mediante colores específicos.
4. Los Colores de los Chalecos de Seguridad y su Significado
La elección del color del chaleco de seguridad no es arbitraria. Responde a criterios de física óptica —la capacidad del ojo humano para percibir determinadas longitudes de onda—, de psicología del color —la asociación cultural de ciertos colores con el peligro o la precaución— y de normativa legal —la reserva de ciertos colores para determinados cuerpos de seguridad o funciones—. La ANSI/ISEA 107-2015 reconoce tres colores fluorescentes principales para las prendas de alta visibilidad, y la normativa peruana, a través de las disposiciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), establece restricciones específicas para determinados colectivos.
4.1. Amarillo Fluorescente
Es el color más utilizado en los chalecos de alta visibilidad a nivel mundial. El ojo humano es especialmente sensible a la longitud de onda de la luz amarilla (aproximadamente 570 nanómetros), lo que hace que este color sea percibido con mayor intensidad que cualquier otro en condiciones de luz diurna. El amarillo fluorescente ofrece un excelente contraste sobre fondos urbanos, industriales y naturales, y es el color recomendado para la mayoría de los entornos laborales. Es el color predominante en los sectores construcción, industria y transporte.
4.2. Naranja Fluorescente
El naranja fluorescente ofrece el mejor contraste sobre fondos de vegetación —bosques, cultivos, zonas rurales— y sobre el asfalto oscuro. Es el color tradicionalmente asociado a la seguridad vial y a la minería, donde los trabajadores operan en entornos de tierra, roca y minerales de tonos marrones y grises. En el Perú, el naranja fluorescente es ampliamente utilizado en el sector minería de tajo abierto en regiones como Arequipa, Moquegua y Áncash, y en las operaciones de construcción de carreteras a nivel nacional.
4.3. Rojo-Amarillo Fluorescente
Es un color intermedio entre el naranja y el amarillo, que ofrece un buen contraste tanto sobre fondos urbanos como sobre fondos de vegetación. Es menos común que los dos anteriores, pero está reconocido por la ANSI/ISEA 107 como uno de los colores aceptables para prendas de alta visibilidad. Se utiliza en entornos donde se requiere un contraste específico con los colores corporativos de la empresa o con los colores predominantes del entorno de trabajo.
4.4. Verde Fluorescente y Restricciones en el Perú
El verde fosforescente o fluorescente está reservado para uso exclusivo de la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). La normativa peruana prohíbe expresamente el uso de chalecos de color verde fosforescente por parte de cualquier persona o entidad distinta de los efectivos de la PNP. Esta restricción tiene por objeto evitar la confusión entre los trabajadores y los agentes de la autoridad en las vías públicas, y garantizar la identificación inequívoca del personal policial en operativos de tránsito. Los empleadores de todos los sectores —minería, construcción, industria, transporte, comercio y banca— deben abstenerse de dotar a sus trabajadores de chalecos de este color, salvo que se trate de personal de seguridad privada que cuente con la autorización correspondiente[reference:7][reference:8].
5. Las Cintas Retrorreflectivas: Requisitos y Colocación
Las cintas retrorreflectivas —también denominadas bandas reflectivas— son el componente que garantiza la visibilidad del trabajador durante la noche o en condiciones de baja luminosidad. Su principio de funcionamiento se basa en la retrorreflexión: la capacidad de reflejar la luz incidente directamente hacia su origen, en lugar de dispersarla en todas direcciones. Esta propiedad permite que la luz de los faros de un vehículo sea devuelta al conductor, haciendo que el trabajador sea visible a gran distancia.
5.1. Requisitos Técnicos de las Cintas Reflectivas
La ANSI/ISEA 107-2015 y la ISO 20471 exigen que las cintas reflectivas cumplan con los siguientes requisitos:
- Ancho mínimo: La normativa peruana para motociclistas, establecida por el MTC, exige bandas retrorreflectivas de color gris plata o blanco con un ancho mínimo de 5 centímetros. Aunque esta disposición se aplica específicamente a los chalecos de motociclistas, constituye una referencia técnica útil para el ámbito laboral[reference:9].
- Disposición: Las bandas deben estar dispuestas en un diseño que incluya una banda horizontal tanto en la parte delantera como en la posterior, además de dos bandas verticales que desciendan desde los hombros. Esta disposición en "H" permite que el conductor identifique no solo la presencia de una persona, sino también su orientación y la dirección de su movimiento[reference:10].
- Material: El material de las cintas debe ser de alta calidad, como las cintas 3M® ScotchliteTM, que garantizan una reflectividad de al menos 500 candelas por lux y mantienen su eficacia tras múltiples ciclos de lavado industrial[reference:11].
- Visibilidad de 360 grados: La ANSI/ISEA 107 exige que las prendas de alta visibilidad proporcionen visibilidad de 360 grados alrededor del trabajador, con bandas reflectivas que cubran el torso, la espalda y los costados[reference:12].
5.2. Clasificación de las Cintas Reflectivas según su Reflectividad
La ANSI/ISEA 107 clasifica las cintas reflectivas en dos niveles en función de su coeficiente de retrorreflexión:
- Nivel 1: Cintas de reflectividad estándar, adecuadas para prendas de Clase 1 y para entornos con iluminación artificial controlada. La cantidad de luz devuelta es suficiente para distancias de hasta 100 metros.
- Nivel 2: Cintas de alta reflectividad, exigidas para prendas de Clase 2 y Clase 3. La cantidad de luz devuelta es significativamente mayor, permitiendo la detección del trabajador a distancias de hasta 200 metros en condiciones de oscuridad total.
6. Criterios para la Selección del Chaleco de Seguridad
La selección del chaleco de seguridad es una decisión técnica que debe basarse en la evaluación de riesgos plasmada en la Matriz IPERC del puesto de trabajo. Los factores que deben considerarse son los siguientes:
6.1. Entorno de Trabajo y Velocidad del Tráfico
- Entornos sin tráfico vehicular (almacenes, talleres, áreas interiores): Un chaleco de Clase 1, tipo O, puede ser suficiente, siempre que la iluminación sea adecuada y no existan vehículos en movimiento.
- Entornos con tráfico moderado (obras de construcción, patios de maniobras, muelles de carga): Se requiere un chaleco de Clase 2, tipo R, que garantice la visibilidad a velocidades de hasta 80 km/h.
- Entornos con tráfico de alta velocidad o condiciones de visibilidad adversas (carreteras, autopistas, minería de tajo abierto con niebla o polvo): Se requiere un chaleco de Clase 3, tipo R, que garantice la visibilidad a altas velocidades y en condiciones climáticas desfavorables.
6.2. Sector Productivo y Tipo de Actividad
- Minería: En las minas de tajo abierto de Arequipa, Moquegua y Áncash, donde la maquinaria pesada —palas eléctricas, volquetes de gran tonelaje— opera en condiciones de polvo y niebla, los chalecos de Clase 2 o 3, preferentemente de color naranja fluorescente, son la opción recomendada.
- Construcción: En las obras de Lima y a nivel nacional, los chalecos de Clase 2, tipo R, de color amarillo o naranja fluorescente, son los más utilizados. La alta rotación de personal en este sector exige una dotación rápida y una capacitación inmediata al inicio de cada nueva incorporación.
- Industria y Transporte: En los talleres de mantenimiento, los almacenes de distribución y los terminales de carga, los chalecos de Clase 1 o 2, tipo O o R, son adecuados en función de la velocidad de los vehículos y de la iluminación del área.
- Comercio y Banca: En los estacionamientos, áreas de carga y descarga, y accesos de los centros comerciales y agencias bancarias, los chalecos de Clase 1 o 2, tipo O, garantizan la visibilidad del personal de seguridad y de los operarios de mantenimiento frente a los vehículos que ingresan y salen de las instalaciones.
6.3. Condiciones Climáticas y Compatibilidad con Otros EPP
- Lluvia o humedad: Debe seleccionarse un chaleco confeccionado con materiales que mantengan sus propiedades fluorescentes y reflectivas en condiciones de humedad, o utilizar un cobertor impermeable sobre el chaleco.
- Calor extremo: Los chalecos de malla o tejido ventilado son preferibles para climas cálidos, ya que permiten la transpiración y reducen el estrés térmico.
- Compatibilidad con otros EPP: El chaleco debe permitir el uso simultáneo de casco, arnés de seguridad, protección auditiva y guantes. Los modelos con cierre frontal de velcro o broches facilitan la colocación y el retiro en caso de emergencia.
7. Uso Correcto y Mantenimiento de los Chalecos de Seguridad
La eficacia del chaleco de seguridad no depende solo de su correcta selección, sino también de un uso adecuado y de un programa de mantenimiento que garantice su conservación en condiciones óptimas.
7.1. Colocación y Ajuste
- El chaleco debe colocarse sobre la ropa de trabajo, nunca debajo de otras prendas que oculten las bandas reflectivas.
- Debe ajustarse al cuerpo sin quedar holgado, para evitar que se enganche en maquinaria o estructuras.
- Debe permanecer cerrado durante toda la jornada laboral, utilizando el sistema de cierre previsto —velcro, broches o cremallera—.
- No debe ser modificado, cortado, pintado ni alterado de ninguna manera que reduzca su superficie visible o la reflectividad de las bandas.
7.2. Inspección Diaria
Antes de cada uso, el trabajador debe inspeccionar su chaleco verificando los siguientes aspectos:
- Estado del material fluorescente: Ausencia de decoloración significativa, rasgaduras, manchas de grasa, aceite, pintura o productos químicos que reduzcan la visibilidad del color.
- Estado de las cintas reflectivas: Ausencia de desprendimiento, deshilachado, abrasión o pérdida de reflectividad. Una cinta reflectiva desgastada pierde su capacidad de devolver la luz y debe ser reemplazada.
- Estado de los cierres: Verificar que el velcro, los broches o la cremallera funcionen correctamente y mantengan el chaleco cerrado durante el trabajo.
7.3. Limpieza y Almacenamiento
- La limpieza debe realizarse siguiendo las instrucciones del fabricante, generalmente con agua tibia y jabón neutro, evitando el uso de blanqueadores, suavizantes o productos químicos agresivos que puedan dañar el material fluorescente o las cintas reflectivas.
- El chaleco debe secarse al aire libre, a la sombra. La exposición directa al sol durante el secado acelera la degradación del material fluorescente.
- Debe almacenarse en un lugar seco, protegido de la luz solar directa y de fuentes de calor, preferentemente colgado o doblado sin pliegues que dañen las cintas reflectivas.
7.4. Reemplazo
Los chalecos de seguridad no tienen una vida útil indefinida. Deben ser reemplazados cuando presenten cualquier signo de deterioro que comprometa su visibilidad —decoloración del material fluorescente, pérdida de reflectividad de las bandas, rasgaduras, manchas irreversibles—. En sectores con alta exposición al polvo, la humedad y la radiación solar, como la minería y la construcción, la frecuencia de reemplazo puede ser superior a la de otros sectores. La periodicidad de reemplazo debe establecerse en el Programa Anual de SST y documentarse en el Registro de Entrega de Equipos de Protección Personal.
8. Fiscalización de SUNAFIL y Consecuencias del Incumplimiento
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) verifica el cumplimiento de las obligaciones en materia de chalecos de seguridad. Durante una visita inspectiva, los inspectores de trabajo verifican:
- La identificación de los riesgos de atropello o colisión en la Matriz IPERC y la determinación de la dotación de chalecos de alta visibilidad como medida de control.
- La provisión de chalecos de seguridad certificados conforme a los estándares internacionales de referencia (ANSI/ISEA 107 o ISO 20471), con los registros de entrega firmados por cada trabajador.
- La capacitación documentada de los trabajadores sobre la obligatoriedad del uso del chaleco, el significado de los colores y bandas reflectivas, y el procedimiento de inspección diaria.
- El estado de conservación de los chalecos en uso y la disponibilidad de reposición.
- La inclusión de la dotación de chalecos en el Programa Anual de SST.
El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones administrativas de hasta 45 UIT, de conformidad con el Decreto Supremo N° 007-2017-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. En casos de accidentes con consecuencias graves o fatales, y cuando se acredite que la ausencia de chalecos de alta visibilidad contribuyó al atropello o colisión, puede configurarse el delito de atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales, tipificado en el artículo 168-A del Código Penal peruano, con penas privativas de libertad para los responsables.
9. Referencias Normativas y Técnicas
- Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Publicada el 20 de agosto de 2011. Artículos 56, 57 y 60: obligaciones del empleador en materia de identificación de peligros y provisión de EPP.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley N° 29783. Publicado el 25 de abril de 2012. Artículos 33 y 97: registros obligatorios y selección de EPP.
- Norma Técnica de Edificación G.050, Seguridad durante la Construcción. Aprobada por Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA. Ítem 13.1: obligación de chalecos con cintas reflectivas para trabajos con circulación de vehículos o maquinaria.
- Decreto Supremo N° 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería. Modificado por los D.S. N° 023-2017-EM y D.S. N° 034-2023-EM.
- Decreto Supremo N° 011-2019-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción.
- ANSI/ISEA 107-2015 — Ropa de alta visibilidad. Norma estadounidense que clasifica las prendas en tres clases (1, 2 y 3) y tres tipos (O, R y P).
- ISO 20471:2013 + A1:2016 — Ropa de alta visibilidad. Métodos de ensayo y requisitos. Norma internacional que especifica los requisitos de visibilidad para prendas de señalización.
- ISO 13688:2013 + A1:2021 — Ropa de protección. Requisitos generales. Norma internacional que establece los requisitos de ergonomía, inocuidad y duración de la ropa de protección.
- Decreto Supremo N° 007-2017-TR. Aprueba el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
- Resolución Ministerial N° 050-2013-TR. Aprueba los formatos referenciales para los registros obligatorios del SGSST.
Los chalecos de seguridad constituyen un equipo de protección personal de eficacia preventiva incuestionable. Su función —hacer visible al trabajador— es la primera barrera contra uno de los riesgos más letales en el entorno laboral: el atropello o la colisión por vehículos y maquinaria en movimiento. La Ley N° 29783, el D.S. N° 005-2012-TR, la Norma G.050 y las normas internacionales ANSI/ISEA 107 e ISO 20471 configuran un marco normativo que obliga a los empleadores de todos los sectores —minería, construcción, industria, transporte, comercio y banca— a seleccionar el chaleco adecuado en función del entorno y de la velocidad del tráfico, a dotar a los trabajadores de manera gratuita, a capacitar en su uso y a mantener los registros documentales correspondientes.
En regiones como Arequipa y Lima, donde la actividad económica concentra a miles de trabajadores que comparten el espacio con maquinaria pesada y vehículos en movimiento, la correcta selección del color del chaleco —amarillo o naranja fluorescente, nunca verde fosforescente reservado a la PNP—, la adecuada disposición de las bandas reflectivas que permitan la identificación de la silueta humana, y el mantenimiento del equipo en condiciones de reflectividad óptimas son factores que pueden determinar la diferencia entre la vida y la muerte. La fiscalización de SUNAFIL —que puede imponer sanciones de hasta 45 UIT— no es la razón principal para cumplir con estas normas. La razón principal es que cada trabajador que es visto a tiempo por un conductor que se aproxima en la oscuridad o en la niebla, cada operario que es detectado por el operador de una máquina gracias a sus bandas reflectivas, es una vida que se preserva y una familia que no recibe la noticia más devastadora. En la prevención de atropellos y colisiones, el chaleco de seguridad no es un accesorio: es la primera y más esencial barrera de protección. Y su uso correcto no admite excepciones.