Prevencion del Acoso

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Capacitación en Prevención del Acoso y Hostigamiento Sexual en el Trabajo

Un ambiente laboral respetuoso, digno y libre de acoso es un derecho fundamental y una condición esencial para el bienestar y la productividad. En Oldevide Consultores SAC, ofrecemos programas de capacitación en Prevención del Acoso Laboral y Hostigamiento Sexual, diseñados para sensibilizar, educar y empoderar a empleadores y trabajadores en la creación de entornos laborales seguros y conformes con la legislación peruana.

Nuestras capacitaciones están alineadas con la Ley N° 27942 (Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual), su reglamento D.S. N° 014-2019-MIMP, y las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo N° 1410 que incorpora el delito de acoso al Código Penal, así como las directrices generales de la Ley N° 29783 sobre seguridad y salud.

Detalles de Nuestra Capacitación en Prevención del Acoso

1. Objetivo del Curso

El objetivo primordial de esta capacitación es proporcionar a los participantes un entendimiento claro y completo sobre qué constituye el acoso laboral y el hostigamiento sexual, sus manifestaciones, consecuencias y el marco legal peruano que lo regula. Buscamos sensibilizar sobre la importancia de prevenir estas conductas, identificar los roles y responsabilidades de empleadores y trabajadores, y conocer los procedimientos internos y externos para la denuncia y sanción, promoviendo una cultura de cero tolerancia al acoso y hostigamiento.

2. Dirigido a

Esta capacitación es crucial y está dirigida a:

  • Empleadores y Personal Directivo: Para comprender sus responsabilidades legales en la prevención, investigación y sanción.
  • Trabajadores de todos los niveles de empresas Mineras, Industriales, Comerciales, del sector Construcción, Entidades del Estado, empresas de Transporte, y otros sectores.
  • Profesionales y Técnicos que deseen comprender y aplicar las políticas de prevención.
  • Miembros del Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual (o el que haga sus veces) y Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Personal de Recursos Humanos encargado de gestionar los procedimientos internos.
  • Todo aquel que necesite cumplir con las disposiciones de la Ley 27942 y su reglamento, incluyendo los requisitos de capacitación que se integran a las obligaciones generales de seguridad como las 04 capacitaciones obligatorias de la Ley 29783.

3. Contenido del Curso

Nuestro programa de capacitación en Prevención del Acoso y Hostigamiento Sexual abarca los siguientes temas esenciales, basados en la normativa vigente:

  • Marco Legal y Conceptual:
    • Definición de hostigamiento sexual según la Ley N° 27942 y el D.S. N° 014-2019-MIMP (incluyendo conductas de naturaleza sexual y sexista).
    • Tipos de hostigamiento: chantaje sexual y ambiente hostil de trabajo (Art. 2 y 3 D.S. N° 010-2003-MIMDES y reforzado en D.S. N° 014-2019-MIMP).
    • El delito de Acoso y Acoso Sexual según el Decreto Legislativo N° 1410 y el Código Penal (Art. 151-A, 176-B).
    • Principios rectores (dignidad, no revictimización, confidencialidad, celeridad, etc. - Art. 4 D.S. N° 014-2019-MIMP).
    • Enfoques aplicables: género, interculturalidad, derechos humanos (Art. 5 D.S. N° 014-2019-MIMP).
  • Manifestaciones y Elementos Constitutivos:
    • Conductas que configuran hostigamiento sexual (Art. 6 Ley 27942, Art. 6 D.S. N° 014-2019-MIMP): verbales, no verbales, físicas, etc.
    • La no necesidad de reiterancia o rechazo expreso (Art. 6.2 D.S. N° 014-2019-MIMP).
    • Mitos y realidades sobre el hostigamiento sexual.
  • Obligaciones del Empleador y Medidas Preventivas:
    • Implementación de políticas internas (Art. 24 D.S. N° 014-2019-MIMP).
    • Capacitaciones obligatorias (Art. 11 D.S. N° 014-2019-MIMP): al inicio de la relación y anual especializada.
    • Difusión de canales de denuncia (Art. 12 D.S. N° 014-2019-MIMP).
    • Evaluación y diagnóstico del clima laboral (Art. 10 D.S. N° 014-2019-MIMP).
  • Procedimiento de Denuncia, Investigación y Sanción:
    • Canales de denuncia: Oficina de RRHH, Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual.
    • Roles del Comité de Intervención (Art. 27 y 28 D.S. N° 014-2019-MIMP) y del Delegado.
    • Medidas de protección para la víctima y testigos (Art. 18 D.S. N° 014-2019-MIMP).
    • Plazos y etapas del procedimiento interno (Art. 29 D.S. N° 014-2019-MIMP para sector privado, Art. 35 para sector público).
    • Sanciones aplicables.
    • Nulidad de despido por represalias (Art. 8.4 Ley 27942).
    • Actuación ante indicios de delito (Art. 21 D.S. N° 014-2019-MIMP).
  • Consecuencias del Acoso y Hostigamiento Sexual:
    • Impacto en la víctima (psicológico, físico, laboral).
    • Impacto en la organización (clima laboral, productividad, reputación).
  • Estudio de Casos y Talleres Prácticos (según modalidad).