El trabajo en altura es una
actividad que esta presente en los procesos de construcción, operación y
mantenimiento de varias industrias, por las características de este tipo de
actividad, el trabajo en altura representa un peligro en si mismo si es que
este no esta evaluado y controlado apropiadamente.
Las consecuencias de los accidentes
en los trabajos en altura van desde lo mínimo como simples golpes que no
ameritan ni siquiera atención de primeros auxilios, hasta lesiones que incluso
representan la perdida de vida de un trabajador.
Trabajos en altura
Para que una actividad sea
considerada como trabajo en altura debe cumplir con lo mencionado, en la legislación
nacional e internacional como por ejemplo el D. S. 024-2016-EM Reglamento de
seguridad y salud ocupacional en minería, la norma técnica G. 050 seguridad
en la construcción y muchas normas sectoriales: que es todo aquel que se
realiza a partir de 1.80 metro de altura, es importante mencionar que, esta definición
de trabajo en altura es la que nos brinda la legislación, sin embargo, las
diferentes organizaciones a nivel nacional pueden variar esta definición haciéndola
más exigente pero nunca contraviniendo la norma.
Medidas de seguridad y prevención de accidentes en los trabajos en altura
Las medidas de seguridad para
prevenir los accidentes en los trabajos en altura están dadas en las normas de
seguridad de cada sector, sin embargo, es importante mencionar, que al momento
de realizar nuestra evaluación, debemos considerar todas las normas, fichas técnicas,
normas técnicas e incluso normas internacional para cubrir nuestra evaluación de
riesgos y aplicación de controles, por ejemplo, el reglamento de la Ley
29783 Ley de seguridad en el trabajo NO menciona la definición de trabajo
en altura, pero esto no quiere decir que los trabajos en altura de la actividad
comercial se consideren a partir de una altura superior del 1.80 metros, en
este caso nos apoyamos de otra norma para seguir considerando el 1.80 mts como
el estándar. Las medidas de seguridad mínimas son:
- IPERC BASE por cada actividad, estándares, procedimientos y permisos de trabajo, capacitación, entrenamiento, lock out, tag out, etc.
- Sistema de prevención y detención de caídas, tales como: anclaje, línea de anclaje, línea de vida y arnés de seguridad.
- Suficiencia médica anual, el mismo que debe descartar todas las enfermedades neurológicas y/o metabólicas que produzcan alteración de la conciencia súbita, déficit estructural o funcional de miembros superiores e inferiores, obesidad, trastornos del equilibrio, alcoholismo y enfermedades psiquiátricas.
- Si el trabajo en altura se realiza con equipos, materiales y/o herramientas, se debe cumplir con las recomendaciones de seguridad de cada una de estas.
- Una medida adicional que debemos contemplar en nuestra evaluación inicial y diaria de los riesgos es el clima, pues este juega un papel importante cuando existe presencia de rayos, lluvia, viento, etc.
Capacitación y entrenamiento
Es importante que nuestro
personal reciba capacitación y entrenamiento constante, este debe ser proporcionado
diariamente por parte de los supervisores de la Organización y programados para
que instituciones u organizaciones externas a la nuestra nos brinden esta
herramienta.